Contrato de servicios con CNPJ y validación de formas alternativas de contratación: impactos empresariales y decisión del STF.
La sentencia dictada por el Tribunal Supremo Federal (STF) en la sentencia del Tema de Repercusión General 725 y en el Alegato de Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPF) 324, marca un punto crucial en la definición de las relaciones laborales y sus límites legales en Brasil. En un escenario en que las empresas buscan cada vez más alternativas para la contratación de prestadores de servicios, es importante explorar cómo esas diversas formas impactan en la relación entre empresas y trabajadores y analizar las implicaciones de la actual comprensión del STF para el ambiente empresarial.
La contratación de trabajadores a través de Personas Jurídicas (PJ) en lugar del formato de empleo permanente se ha convertido en una alternativa frecuente en el mercado laboral. Esta práctica permite a las empresas contratar a proveedores de servicios de una manera más flexible y menos costosa en comparación con el modelo de empleo tradicional. Para los trabajadores, este modelo puede ofrecer mayor autonomía y potencial de ingresos, ya que el régimen fiscal puede ser más favorable según el contexto. Sin embargo, es necesario actuar con mucha cautela y cuidado para no tergiversar las premisas que acompañan a esta relación.
Los tribunales laborales han levantado una pancarta muy fuerte contra la "Pejotização"Se denomina así a las relaciones laborales que tienen todas las características de una relación laboral, pero que se "enmascaran" mediante la contratación de una persona jurídica. Esto puede plantear dudas sobre la verdadera naturaleza de la relación entre las partes y si se está utilizando para eludir la legislación laboral.
La decisión del STF en el Tema 725 y ADPF 324 estableció una comprensión fundamental de la licitud de la tercerización y de otras formas de división del trabajo entre personas jurídicas. El Tribunal reconoció la posibilidad de contratación de servicios de forma amplia, sin que necesariamente se establezca una relación de trabajo. Este entendimiento es crucial para este tipo de alternativa, ya que valida la práctica desde una perspectiva jurídica, siempre que se respeten las disposiciones de la legislación vigente.
En la reciente sentencia sobre la demanda 67976/SP, el Tribunal Supremo se pronunció en este mismo sentido, descartando el reconocimiento de una relación laboral. En el caso concreto de esta sentencia, el Tribunal Regional había reconocido inicialmente una relación laboral, alegando que el contrato no reflejaba la realidad de la relación laboral y que el "pejotização” estava sendo usada para camuflar uma relação de emprego.
Sin embargo, el Tribunal Supremo, basándose en la tesis vinculante expuesta en el Tema 725 de la repercusión general, y haciendo referencia a la decisión del Juez Alexandre de Moraes, que menciona que la libertad de los ciudadanos para organizarse productivamente y la existencia de otras formas de organización son lícitas, ha descartado el reconocimiento de una relación tan protegida por los tribunales laborales. Y este ha sido el entendimiento expresado por el Tribunal Supremo en la mayoría de los casos, reconociendo ésta, así como otras formas de relación laboral, como válidas siempre que se observe la legislación específica, favoreciendo la libertad de negociación entre las partes y la organización productiva.
La decisión del STF tiene implicaciones significativas para las empresas, especialmente en lo que se refiere a la gestión de los contratos y a la estructuración de las relaciones laborales. Entre los principales impactos están:
(a) mayor flexibilidad contractual: las empresas tienen ahora mayor libertad para estructurar sus relaciones laborales mediante contratos que no crean necesariamente vínculos laborales. Esto puede dar lugar a una mayor flexibilidad en la contratación y gestión del personal, permitiéndoles adaptarse más rápidamente a los cambios del mercado;
(b) reducción de costes: al recurrir a la contratación de personas jurídicas, las empresas pueden reducir los costes relacionados con las cargas laborales y de seguridad social. Esto puede ser especialmente ventajoso en sectores en los que la flexibilidad y la gestión eficaz de los recursos son cruciales para la competitividad;
(c) necessidade de "cumplimiento": con el reconocimiento de la validez de esta forma de contratación, es fundamental que las empresas se aseguren de que sus contratos se ajustan a la legislación correspondiente, evitando riesgos legales y posibles conflictos laborales, ya que esta mayor flexibilidad supone también un menor control de la empresa sobre la forma en que se realiza el servicio, horarios, impersonalidad, etc;
(d) reevaluación de los modelos de negocio: las empresas necesitan evaluar si esta es la mejor estrategia para su operación. La decisión del STF respalda la práctica, pero su uso indebido puede dar lugar a demandas judiciales, especialmente si hay pruebas de fraude en el proceso de contratación.
De esta forma, la decisión del STF sobre las formas alternativas de contratación reafirma la importancia de adecuar las prácticas empresariales a las nuevas directrices legales. Si bien ofrece a las empresas una mayor libertad y flexibilidad, también les impone una responsabilidad adicional para garantizar que sus prácticas estén en consonancia con la legislación y los principios establecidos por el Tribunal Supremo. El equilibrio entre la eficiencia empresarial y el cumplimiento legal será crucial para el éxito de las estrategias que impliquen el futuro de las relaciones laborales.
El 5 de noviembre, la 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia decidió, a través del juicio del REsp 1841466[1], bajo la relatoría del Ministro Ricardo Villas Bôas Cueva, sobre la imposibilidad de embargo de stock options. El caso se centró en la posibilidad de que un tercero ejerciera el derecho de compra de acciones en […]
La gobernanza corporativa en empresas familiares ha ido ganando cada vez más relevancia en el panorama empresarial brasileño, donde aproximadamente el 90% de las empresas están bajo control familiar. La falta de una planificación adecuada para la sucesión del negocio y la dificultad de mantener la armonía en las relaciones familiares a menudo culminan en el fracaso de la empresa […]
El 30/09/2024, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aprobó por unanimidad la Resolución N.º 586 a través del Acto Normativo 0005870-16.2024.2.00.0000, que regula el acuerdo entre el empleado y el empleador en la rescisión del contrato de trabajo, mediante homologación en la Justicia Laboral, con la liquidación total del contrato. Es decir, […]
A principios de octubre, la 3ª Sala del STJ, por mayoría de votos, dictó una decisión en cuatro recursos especiales (REsp 2.026.250, REsp 2.036.410, REsp 2.038.048 y REsp 2.155.284), estableciendo la ilegitimidad activa de las fundaciones sin fines de lucro para solicitar la Recuperación Judicial. Esta decisión inédita parece, a primera vista, […]
El Gobierno del Estado de Rio Grande do Sul ha instituido el Programa de Recuperación II mediante el Decreto Nº 57.884 de 22 de octubre de 2024, con el objetivo de permitir el parcelamiento de deudas tributarias y no tributarias para empresarios o sociedades en proceso de recuperación judicial, incluyendo contribuyentes cuya quiebra […]
Con información del periódico Valor Económico. Enlace del artículo original: http://glo.bo/3NOicuU Desde 2020, la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN) ha avanzado en negociaciones para regularizar deudas de empresas en recuperación judicial, resultando en la renegociación de cerca de R$ 60 mil millones. El número de empresas regularizadas se ha triplicado, alcanzando el 30% de los casos, gracias a un enfoque más colaborativo de la […]
Este sitio utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio. Las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para que funcione la funcionalidad básica del sitio web. También utilizamos cookies de terceros, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Las cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de rechazar las cookies. Sin embargo, deshabilitar algunas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funciones, como compartir contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras funciones de terceros.
Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices clave de rendimiento del sitio, lo que ayuda a brindar una mejor experiencia de usuario a los visitantes.
Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre las métricas del número de visitantes, tasa de rebote, fuente de tráfico, etc.
Las cookies publicitarias se utilizan para proporcionar a los visitantes anuncios y campañas de marketing relevantes. Estas cookies rastrean a los visitantes de los sitios web y recopilan información para ofrecer anuncios personalizados.
Las cookies necesarias son aquellas que son absolutamente imprescindibles para el correcto funcionamiento del sitio web. Estas cookies garantizan funciones básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.