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Fecha: 19 de abril de 2019
Publicado por: Equipo de CPDMA

STF puede definir el cálculo de PIS y Confis en la importación

El Supremo Tribunal Federal (STF) podrá juzgar el miércoles dos cuestiones de repercusión general. Uno de ellos definirá si el ICMS y otros aportes deben ser incluidos en el cálculo del PIS y Cofins cobrados a las importaciones. El otro decidirá si es constitucional cobrar ICMS al agua entubada.

El proceso sobre PIS y Cofins en las importaciones es el recurso extraordinario de la importadora de pinturas de Rio Grande do Sul, Vernicitec. Cuestiona la constitucionalidad de la Ley N° 10.865, de 2004. La norma establecía el cobro de PIS y Cofins sobre las importaciones a partir de 2005.

La empresa logró ganar en los tribunales inferiores. En el STF, cuenta con el voto favorable de la ministra jubilada Ellen Gracie.

El recurso extraordinario que trata de la tributación del agua entubada es del gobierno de Río de Janeiro. Impugna la decisión de la 8ª Sala Civil del Tribunal de Justicia del Estado de Río de Janeiro (TJ-RJ), que decidió no cobrar ICMS, por considerar que el suministro de agua entubada es un servicio público esencial, de competencia del Poder Público.

En septiembre, la Corte Suprema comenzó a analizar el caso. La primera votación, del ministro Dias Toffoli, impidió la recaudación. A su juicio, el agua entubada no puede ser considerada una mercancía, eludiendo la incidencia del impuesto. El juicio fue interrumpido por la solicitud de vista del ministro Luiz Fux.

http://www.valor.com.br

Fuente: Valor.

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