Atuação da CPDMA foi determinante para decisão do STF que reafirma jurisprudência sobre pejotização
Una importante decisión emitida recientemente por el Supremo Tribunal Federal (STF), resultado de la actuación del equipo laboral de Cesar Peres Dulac Müller Advogados, volvió a poner de relieve la importancia de respetar los precedentes vinculantes de la Corte en materia laboral, especialmente en lo que respecta a la legalidad de formas alternativas de contratación, como la prestación de servicios por persona jurídica — práctica conocida como pejotización.
La decisión, redactada por el Ministro Alexandre de Moraes, acogió una Demanda Constitucional presentada por una empresa de productos lácteos, representada por el Despacho, con el fin de obtener la anulación de la decisión de la Justicia Laboral que había reconocido un vínculo laboralentre la empresa y una profesional contratada para realizaractividades de merchandising en puntos de venta. La demanda laboral, considerada procedente en primera y segunda instancia, desestimó el contrato civil firmado entre las partes e impuso a la empresa obligaciones propias de una relación laboral.
Es decir, aunque existía un contrato firmado entre empresas y los pagos se realizaban mediante la emisión de facturas, la Justicia Laboral entendió que, en la práctica, existía una relación laboral entre la trabajadora de la empresa tercerizada y la contratante. Al juzgar el caso, el STF concluyó que esa interpretación contrariaba decisiones anteriores de la propia Corte, que reconocen la legalidad de este tipo de contratación, siempre que se respeten los requisitos formales y la buena fe entre las partes.
Al analizar el caso, el STF reafirmó las tesis establecidas en decisiones como la ADPF 324 y el Tema 725 de Repercusión General (RE 958.252), consolidando el entendimiento de que la legislación brasileña admite otras formas de relación laboral además del modelo de empleo regido por la CLT. De esta forma, se volvió a reconocer la validez de la tercerización de la actividad principal y la libertad de las empresas para organizar su actividad económica conforme a los principios de libre iniciativa y libre competencia. En el caso concreto, quedó demostrado que la contratación siguió criterios legales y que los pagos se realizaban mediante factura, con una remuneración variable según el número de visitas y el alcance de las actividades.
La Demanda Constitucional fue elaborada por la abogada Marina Pinto, integrante del equipo laboral de CPDMA, con experiencia en demandas complejas y recurrentes en el ámbito empresarial. Graduada por la Universidad Católica de Pelotas, con posgrado en Derecho y Proceso del Trabajo, Marina condujo personalmente la estrategia jurídica de este caso, basándose en las decisiones paradigmáticas de la Corte Suprema.
Además de reafirmar el entendimiento ya consolidado, la decisión también evidencia un movimiento necesario: la búsqueda activa de medidas jurídicas capaces de garantizar la seguridad contractual en las relaciones empresariales. El STF ha reiterado que el ordenamiento jurídico no impone una única forma de contratación, asegurando a las empresas, con fundamento en los principios de libre iniciativa y libre competencia, la libertad de estructurar sus actividades mediante diferentes modelos de organización del trabajo. La imposición del vínculo laboral, cuando existen contratos civiles válidos, contradice este entendimiento y viola los precedentes vinculantes de la Suprema Corte. Sin embargo, persiste un escenario de incumplimiento reiterado de estas decisiones por parte de la Justicia Laboral, que insiste en invalidar contrataciones legítimas e imponer el reconocimiento del vínculo de empleo. En este contexto, el uso de la Demanda Constitucional cumple un papel esencial en la preservación de lo ya decidido en sede de control concentrado de constitucionalidad, siendo una herramienta legítima y eficaz para contener decisiones judiciales que, en ocasiones, ignoran la jurisprudencia consolidada del STF.
Casos como este demuestran la importancia de que las empresas, independientemente de su tamaño o sector de actuación, cuenten con una asesoría jurídica especializada, preparada para enfrentar desafíos que van más allá del ámbito laboral y requieren articulación técnica ante los tribunales superiores.
El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió suspender, en todo el territorio nacional, las acciones judiciales que discuten la legalidad de los contratos de prestación de servicios, conocidos como “pejotización”. La decisión, tomada por el Ministro Gilmar Mendes, tiene como objetivo uniformar el entendimiento sobre el tema y garantizar la seguridad jurídica. El STF reconoció la repercusión general del asunto al […]
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