Identificación de los datos (personal, sensible, infancia, público, anonimizado), departamentos, medios (físico o digital), operadores internos y externos para medir la exposición de la empresa a la LGPD.
Adherencia a las actividades de tratamiento (art. 5°) de datos (recolección, control, eliminación, etc.) a los principios generales previstos en el Art. 6º de la LGPD por medio de la revisión y elaboración de documentos (contratos, términos, políticas) para uso interno y externo.
Creación de normas de buenas prácticas y de gobernanza que establezcan procedimientos, normas de seguridad, acciones educativas y reducción de riesgos en el tratamiento de datos personales.