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Fecha: 29 de octubre de 2024
Publicado por: Equipo de CPDMA

Seguridad Jurídica: STJ y TST Alinean Entendimiento sobre la Naturaleza Mercantil de los Planes de Stock Options 

Segurança jurídica: STJ e TST alinham entendimento sobre a natureza mercantil dos planos de stock options

Por 7 votos a 1, la 1ª Sección del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el reciente juicio del Tema 1226, decidió que los planes de opciones de compra de acciones ofrecidos por las empresas a los empleados - stock options - no tienen naturaleza remunerativa.

En el juicio, afectado al proceso de recursos repetitivos (REsp 2.069.644 y REsp 2.074.564), prevaleció el entendimiento del Relator, el Ministro Sérgio Kukina, sobre la naturaleza mercantil de las stock options. Como consecuencia, las personas físicas/empleados deben ser tributados en el momento de la venta de las acciones, aplicándose las tasas del Impuesto sobre la Renta sobre la ganancia de

El entendimiento ahora fijado por el STJ se alinea con aquel cristalizado ante el Tribunal Superior de Trabajo (TST), que excluye la naturaleza remunerativa de los planes de stock options.

O entendimento ora fixado pelo STJ se coaduna com aquele cristalizado perante o Tribunal Superior do Trabalho (TST), que afasta a natureza remuneratória dos planos de stock options.

La ausencia de naturaleza remunerativa hace que el valor de las acciones no esté sujeto a cargas y efectos laborales, como el décimo tercer salario, vacaciones y FGTS, por ejemplo. En efecto, aunque la concesión de la opción de compra de acciones surja de la relación laboral, el beneficio del empleado solo ocurrirá con la valorización de las acciones, no pudiendo, así, considerarse como contraprestación por el trabajo.

La alineación de las dos esferas del Poder Judicial crea un ambiente aún más favorable para la implementación de planes de stock options, no solo en startups, sino también en diversas empresas en Brasil.

En breve síntesis, la decisión brinda seguridad jurídica en cuanto al tema, ya que también vincula la posición del Consejo Administrativo de Recursos Fiscales (CARF), que ya no podrá emitir decisiones divergentes de la ahora consolidada, garantizando a empleados (contribuyentes) y empleadores reglas más claras en relación con los efectos fiscales y laborales de este instituto.

Equipo de CPDMA

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