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Fecha: 2 de mayo de 2023
Publicado por: Equipo de CPDMA

Conozca las normas generales de convocatoria de las juntas anuales de accionistas para auditar las cuentas de los administradores de las sociedades anónimas.

Imagem representativa de uma reunião de administradores de sociedades anônimas.

¿Sabías que las empresas, según la Ley de Sociedades Anónimas (Ley nº 6.404/1976)¿necesitan las empresas celebrar juntas generales ordinarias en los cuatro primeros meses siguientes al cierre del ejercicio (normalmente de enero a abril)? Estas juntas son esenciales para la rendición de cuentas de la dirección de la empresa.

Un mes antes de la junta, los administradores deben poner a disposición de los accionistas copias de los documentos financieros de la empresa, como estados financieros, informes y dictámenes. Además, deben publicar estos documentos a más tardar cinco días antes de la junta.

Las empresas cerradas con ingresos brutos anuales de hasta R$ 78.000.000,00 (setenta y ocho millones de reales) pueden hacer las publicaciones electrónicamente, evitando así las publicaciones en grandes periódicos. Para facilitar tales publicaciones, en 2021, el Gobierno Federal, a través del Ministerio de Economía, instituyó el Balance Central del Sistema Público de Contabilidad Digital - SPED como medio oficial para tales publicaciones electrónicas.

Las sociedades anónimas cerradas que no entran en la excepción basada en el importe de los ingresos brutos anuales deben publicar su documentación financiera, en forma resumida, en un periódico de amplia difusión, así como íntegramente, en el sitio web del mismo periódico.

En el caso de las empresas que cotizan en bolsa, se aplica la norma general de las publicaciones, y también pueden tener que cumplir las obligaciones impuestas por la Comisión de Valores.

En resumen, las juntas anuales son un momento importante para que los accionistas conozcan la situación financiera de la empresa y ejerzan su participación en la toma de decisiones.

Derecho Societario | Equipo CPDMA

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