En nuestra serie de entradas en las que explicamos las diferencias entre las clases de activos intelectuales, hoy vamos a ocuparnos del DISEÑO INDUSTRIAL.
El diseño industrial es la forma plástica ornamental de un objeto -por ejemplo, el diseño de un producto o el conjunto de líneas aplicadas a un producto, como una impresión- que le confieren un resultado visual nuevo y original y que puede fabricarse en la industria. El registro se realiza en INPI, y la licencia garantiza al titular el derecho a impedir que terceros fabriquen, utilicen, expongan a la venta o importen el producto amparado por el dibujo o modelo. Tiene una validez inicial de 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud y puede prorrogarse por tres periodos sucesivos de 5 años cada uno, hasta un total de 25 años.
Así como en el caso de las patentes, es de extrema importancia que no haya divulgación de ningún tipo (cualquier cosa que se haga accesible al público, como publicaciones de artículos, presentaciones en conferencias, exposiciones en ferias, etc.) sobre el objeto de la solicitud de diseño industrial antes de que la solicitud sea depositada en el INPI, pues de lo contrario pasará a ser de dominio público.
Un ejemplo es el registro de diseño industrial DI 6304784-5, propiedad de Nike Innovate C.V. (EE.UU.), que describe la configuración de zapatillas deportivas.
El 5 de noviembre, la 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia decidió, a través del juicio del REsp 1841466[1], bajo la relatoría del Ministro Ricardo Villas Bôas Cueva, sobre la imposibilidad de embargo de stock options. El caso se centró en la posibilidad de que un tercero ejerciera el derecho de compra de acciones en […]
La gobernanza corporativa en empresas familiares ha ido ganando cada vez más relevancia en el panorama empresarial brasileño, donde aproximadamente el 90% de las empresas están bajo control familiar. La falta de una planificación adecuada para la sucesión del negocio y la dificultad de mantener la armonía en las relaciones familiares a menudo culminan en el fracaso de la empresa […]
El 30/09/2024, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aprobó por unanimidad la Resolución N.º 586 a través del Acto Normativo 0005870-16.2024.2.00.0000, que regula el acuerdo entre el empleado y el empleador en la rescisión del contrato de trabajo, mediante homologación en la Justicia Laboral, con la liquidación total del contrato. Es decir, […]
A principios de octubre, la 3ª Sala del STJ, por mayoría de votos, dictó una decisión en cuatro recursos especiales (REsp 2.026.250, REsp 2.036.410, REsp 2.038.048 y REsp 2.155.284), estableciendo la ilegitimidad activa de las fundaciones sin fines de lucro para solicitar la Recuperación Judicial. Esta decisión inédita parece, a primera vista, […]
El Gobierno del Estado de Rio Grande do Sul ha instituido el Programa de Recuperación II mediante el Decreto Nº 57.884 de 22 de octubre de 2024, con el objetivo de permitir el parcelamiento de deudas tributarias y no tributarias para empresarios o sociedades en proceso de recuperación judicial, incluyendo contribuyentes cuya quiebra […]
Con información del periódico Valor Económico. Enlace del artículo original: http://glo.bo/3NOicuU Desde 2020, la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN) ha avanzado en negociaciones para regularizar deudas de empresas en recuperación judicial, resultando en la renegociación de cerca de R$ 60 mil millones. El número de empresas regularizadas se ha triplicado, alcanzando el 30% de los casos, gracias a un enfoque más colaborativo de la […]
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