Logotipo de César Peres Dulac Müller

BLOG CPDMA

Categoría:
Fecha: 27 de febrero de 2019
Publicado por: Equipo de CPDMA

Contribuyentes ganan disputa ante STJ por reintegro

Los contribuyentes ganaron en la 1ª Sala del Superior Tribunal de Justicia (STJ) una disputa sobre reintegro. Para los ministros, la empresa que incumplió el plazo para utilizar el beneficio fiscal del régimen -la suspensión del Impuesto de Importación- sólo deberá pagar intereses de demora y multa a partir del día 31 del incumplimiento del compromiso de exportación. El marcador fue de tres votos a dos. Con la decisión, el tema puede ser llevado a la Sección 1ª. La segunda clase tiene una comprensión divergente.

En el régimen de devolución suspensiva no se grava el bien importado, siempre que se incorpore al proceso productivo y el producto final se exporte en el plazo de un año. Si no se cumple el plazo, la empresa está obligada a pagar el impuesto dentro de los 30 días siguientes a este intervalo de un año.

En el proceso bajo juicio (RESp 1310141), la empresa pagó el Impuesto de Importación después de vencido el plazo, pero interpuso una demanda contra la demanda de intereses de demora y multa (cargos judiciales). Sólo se acepta corrección monetaria.

En la demanda, el contribuyente alega que los intereses y la multa solo vencen después de un período de un año y 30 días. La Procuraduría General de Justicia del Tesoro Nacional (PGFN) considera que el interés y la sanción deben aplicarse desde el momento de la importación. La comprensión del cuerpo, sin embargo, no prevaleció en el juicio.

Se reanudó la sesión con el voto del Ministro Sérgio Kukina. Votó a favor de la incidencia de los intereses de demora. Pero eliminó la multa por intereses moratorios, que se cobraban en un plazo de 30 días. El entendimiento estuvo acompañado por el ministro Gurgel de Faria, que ya había emitido su voto con una pequeña diferencia. Ambos, sin embargo, fueron derrotados.

Prevaleció el voto del relator, ministro Napoleão Nunes Maia Filho. Descartó el pago de intereses de demora y multa en el caso concreto, pues entendió que el plazo inicial para la incidencia de estos cargos es el día 31 del incumplimiento del compromiso de exportación.

Según el relator, se prevén 30 días para el pago del impuesto. Por lo tanto, los intereses y las multas solo deben cobrarse después de este intervalo. El voto del relator fue seguido por la ministra Regina Helena Costa y el ministro Benedito Gonçalves.

El ministro Gurgel de Faria dijo, al final del juicio, que se podrán presentar embargos de divergencia para que la Sección 1ª juzgue el asunto. La Sala 2 entiende que los intereses y las multas deben cobrarse desde el momento de la importación. “Vamos, vamos a la Sección”, dijo la ministra Regina Helena Costa.

Fuente: Beatriz Olivon vía Valor Econômico.

Volver

Mensajes recientes

Invertir en startups en Brasil: el Acuerdo de Préstamo Convertible. 

En la era de la tecnología, el ecosistema de las start-ups ha atraído a muchas personas en las últimas décadas. Esto se debe principalmente al rápido auge de la economía digital, que ha dado lugar a numerosas historias de éxito de empresas que hoy representan a gigantes del mercado, independientemente del sector en el que operen. En este contexto de iniciativas empresariales escalables, las startups han demostrado ser un enorme atractivo [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - DERECHOS DE AUTOR

Cerrando nuestra serie de posts sobre las Clases de Activos de Propiedad Intelectual, hoy trataremos el registro de los DERECHOS DE AUTOR. Un autor es la persona física que crea una obra literaria, artística o científica. Los derechos de autor protegen dichas obras y pueden ser patrimoniales (derecho a la explotación comercial de la obra) o morales (reivindicación de la autoría, conservación [...]

Leer más
Transacción SOS-RS: otra posibilidad de regularización tras las inundaciones

El 26/06/2024 se publicó un nuevo tipo de transacción que abarca a las empresas con domicilio fiscal en Rio Grande do Sul. Se trata de una medida más del Gobierno Federal para hacer frente a los daños causados por las inundaciones en Rio Grande do Sul. La nueva operación, denominada "Operación SOS-RS", fue instituida por la Ordenanza PGFN/MF nº [...].

Leer más
Descubra la clase de activos - REGISTRO DE DOMINIOS

En nuestra serie de posts explicando las diferencias entre las clases de activos intelectuales, hoy vamos a ver el REGISTRO DE DOMINIOS. La protección de la dirección electrónica de un sitio web (dominio) se realiza en Registro.BR. En este caso, la búsqueda de disponibilidad del dominio es esencial para el registro. Si un tercero intenta registrar un [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - REGISTRO DE SOFTWARE

El tema de nuestra serie de entradas que explican las diferencias entre las clases de activos intelectuales de hoy será: REGISTRO DE SOFTWARE. El registro de software protege el programa informático en sí, es decir, el código fuente. El registro es esencial para demostrar la autoría del desarrollo. Se realiza en el INPI [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - DISEÑO INDUSTRIAL

En nuestra serie de entradas en las que explicamos las diferencias entre clases de activos intelectuales, hoy vamos a ocuparnos del DISEÑO INDUSTRIAL. El Diseño Industrial es la forma plástica ornamental de un objeto -por ejemplo, el diseño de un producto o el conjunto de líneas aplicadas a un producto, como un grabado- que le confiere [...]

Leer más
cruzarmenúchevron-abajo
es_ESEspañol
Linkedin Facebook interés Youtube jajaja gorjeo Instagram Facebook en blanco rss-en blanco Linkedin en blanco interés Youtube gorjeo Instagram