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Fecha: 21 de febrero de 2019
Publicado por: Equipo de CPDMA

Empresas en recuperación pueden celebrar contratos de factoraje, decide Tercera Clase

Sin perjuicio de la autorización del tribunal competente, las empresas en proceso de concurso judicial podrán celebrar contratos de factoraje durante el transcurso del proceso de reconstitución.

Con base en este entendimiento, la Tercera Sala del Superior Tribunal de Justicia (STJ) concedió el recurso de tres empresas en proceso de reorganización para modificar la decisión del Tribunal de Justicia de São Paulo y eliminar la restricción que se les impuso en relación con la ejecución de contratos de desarrollo comercial.

La relatora, ministra Nancy Andrighi, explicó que los asuntos sociales de las empresas en concurso judicial quedan a cargo de ellas durante el proceso de levantamiento, salvo que se verifique alguna de las causas de remoción o despido legalmente previstas.

Según el ministro, el artículo 66 de la Ley de Quiebras y Recuperación de Empresas (Ley 11.101/2005) impone ciertas restricciones al deudor en cuanto a la práctica de actos de disposición o gravamen de bienes o derechos de su activo permanente, después de la solicitud de recuperación.

derechos de crédito

Nancy Andrighi señaló que los activos vendidos como consecuencia de los contratos de factoraje (derechos de crédito) no forman parte de ninguno de los subgrupos que componen el activo permanente de la empresa, ya que no pueden clasificarse en las categorías de inversiones, activos fijos o diferidos. activos.

“Así, ya sea que las cuentas por cobrar (dependiendo de su vencimiento) se clasifiquen como activos circulantes o como activos a largo plazo, lo cierto es que, al no poder clasificarse tales partidas en la categoría de activos permanentes, la restricción para celebrar contratos de crédito por factoraje una empresa en proceso de concurso judicial no está amparada por el mandato normativo del artículo 66 de la LFRE”, puntualizó.

Para el ponente, los contratos de desarrollo comercial, en la medida en que brinden un refuerzo significativo en la obtención de capital de trabajo (coadyuvando como factor de liquidez), pueden servir como un importante aliado para las empresas que buscan superar la situación de crisis económica y financiera.

Fuente: Corte Superior de Justicia.

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