Logotipo de César Peres Dulac Müller

BLOG CPDMA

Categoría:
Fecha: 18 de septiembre de 2020
Publicado por: Equipo de CPDMA

La formación de hecho de un grupo económico: características y riesgos

Para analizar las principales características que configuran la formación de un grupo económico de hecho, es importante hacer un breve análisis de la formación de un grupo económico de derecho. 

La formación de un grupo económico por ley es una práctica común entre las empresas en el mercado actual, lo cual se encuentra debidamente previsto en la Ley N° de Sociedades Anónimas. 

De conformidad con la legislación vigente, más específicamente en el artículo 265 y sus incisos de la Ley de Sociedades Anónimas, existe configuración de grupo económico cuando las sociedades controladoras y las subsidiarias se obligan entre sí, mediante recursos y esfuerzos comunes para lograr sus respectivos objetivos, o participan en actividades o empresas comunes. 

En otras palabras, la formación de un grupo económico de derecho se caracteriza por la comunión de intereses, similitud en la dirección de las empresas, fines económicos y maximización de beneficios.

Por otra parte, el grupo económico en realidad es el que perfectamente podría encuadrarse en el concepto de grupo económico por ley, previsto en la Ley de Sociedades Anónimas y en la jurisprudencia consolidada de los Tribunales, sin embargo no es así. 

Además del grupo de socios o accionistas en común entre las sociedades, la jurisprudencia de los Tribunales Superiores y del Consejo Administrativo de Recursos Fiscales (CARF) ha entendido un conjunto de elementos que pueden conducir a la conformación del grupo económico de hecho. Son los principales:

i) Identidad de los miembros de la gerencia (mismos administradores o directores); ii) Identidad del domicilio de la casa matriz o estructura administrativa compartida; iii) Identidad en la empresa que presta los servicios contables (mismo contador); iv) apoderados mancomunados para el ejercicio de facultades de gestión, principalmente de acceso a operaciones bancarias; v) Mutuas entre empresas en forma ajena a las condiciones del mercado; vi) Colaboradores en común; vii) Pagos hechos por una empresa a favor de otra; viii) Similitud en los números de teléfono.

El mayor riesgo en la formación de grupos de hecho entre empresas son las responsabilidades que se puedan traspasar de una empresa a otra, especialmente en el ámbito previsional, laboral y fiscal. 

Por ello, contar con el apoyo de profesionales experimentados y acostumbrados a trabajar en la reorganización societaria de empresas es fundamental para el éxito de su empresa en la búsqueda de una mayor seguridad jurídica.

Fuente: Lieja Fernandes Vargas, abogada de Cesar Peres Dulac Müller.

Volver

Mensajes recientes

Los Registros Comerciales Ahora Exigen Publicaciones de Actos Societarios: Entienda los Cambios

En los últimos meses, varios Registros Comerciales de Brasil han comenzado a exigir la publicación de actos relacionados con fusiones, escisiones e incorporaciones de sociedades, según lo establecido en el Código Civil (artículos 1.122 y 1.152, §1) y en la Ley de Sociedades Anónimas (artículos 227, §3, 228, §3 y 229, §4). Aunque estas obligaciones ya estaban estipuladas por la legislación, muchas […]

Leer más

RS autorizado a implementar liquidación y pago a plazos del ICMS con reducción de intereses y multas

El Consejo Nacional de Política Fiscal - CONFAZ, con el objetivo de facilitar la regularización de las deudas fiscales de los contribuyentes, ha autorizado la implementación de un programa de liquidación y pago a plazos de deudas de ICMS en el Estado de Río Grande del Sur, ya sea que estén inscritas o no en la deuda activa, constituidas o en litigio. El programa prevé […]

Leer más
Atenção às tentativas de golpes utilizando o nome Cesar Peres Dullac Müller Advogados

Reiteramos nosso compromisso contínuo em oferecer serviços jurídicos com excelência e segurança. Diante disso, alertamos sobre uma situação delicada que tem ocorrido no setor jurídico: recentemente, tomamos conhecimento de tentativas de golpes direcionadas a clientes de escritórios de advocacia. Gostaríamos de tranquilizá-los, assegurando que todas as suas informações processuais e pessoais permanecem integralmente protegidas. Esses […]

Leer más
El STJ decide que las stock options (opción de compra de cuotas o acciones) no pueden ser embargadas.

El 5 de noviembre, la 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia decidió, a través del juicio del REsp 1841466[1], bajo la relatoría del Ministro Ricardo Villas Bôas Cueva, sobre la imposibilidad de embargo de stock options. El caso se centró en la posibilidad de que un tercero ejerciera el derecho de compra de acciones en […]

Leer más
Gobernanza en empresas familiares: estructuras e instrumentos esenciales

La gobernanza corporativa en empresas familiares ha ido ganando cada vez más relevancia en el panorama empresarial brasileño, donde aproximadamente el 90% de las empresas están bajo control familiar. La falta de una planificación adecuada para la sucesión del negocio y la dificultad de mantener la armonía en las relaciones familiares a menudo culminan en el fracaso de la empresa […]

Leer más
La Resolución N.º 586/2024 del CNJ y el Futuro de los Acuerdos en la Justicia Laboral

El 30/09/2024, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aprobó por unanimidad la Resolución N.º 586 a través del Acto Normativo 0005870-16.2024.2.00.0000, que regula el acuerdo entre el empleado y el empleador en la rescisión del contrato de trabajo, mediante homologación en la Justicia Laboral, con la liquidación total del contrato. Es decir, […]

Leer más
cruzarmenúchevron-abajo
es_ESEspañol
Linkedin Facebook interés Youtube jajaja gorjeo Instagram Facebook en blanco rss-en blanco Linkedin en blanco interés Youtube gorjeo Instagram