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Fecha: 21 de marzo de 2019
Publicado por: Equipo de CPDMA

STJ mantiene multa a empresa que vende boletos anticipados

Por unanimidade, a 2ª turma do Superior Tribunal de Justiça negou, nesta quinta-feira (21/3), recurso em que a Tickets for Fun pretendia reverter multa de mais de R$ 1 milhão por infrações ao Código de Defesa do Consumidor aplicada pelo Procon San Pablo.

En la sesión, el colegiado mantuvo una decisión anterior del Tribunal de Justicia de São Paulo. El TJ concluyó que la venta anticipada de entradas a determinados consumidores, titulares de determinadas tarjetas de crédito, impide a otros interesados competir en igualdad de condiciones, no pudiendo elegir ningún lugar o butaca en el espectáculo o, incluso, optar por entradas con más valores asequibles.

El ponente, ministro Mauro Campbell, afirmó que para rechazar las conclusiones adoptadas por el TJ y aceptar la tesis de la empresa sobre la inexistencia de una práctica abusiva, "sería indispensable revertir el contenido fáctico y probatorio ya analizado, que está prohibido por el precedente 7 de la Corte , que prohíbe la revisión de hechos y pruebas”.

“En relación con la proporcionalidad de la multa arbitrada, también cuestionada por la empresa, para evaluar la cuestión sería fundamental analizar la ordenanza 26/06 del Procon, y la interpretación de la fórmula matemática constante, ya que tal procedimiento es imposible ya que el acto administrativo no entra en el concepto de ley federal o tratado", explicó.

Tarifa ilegal

La semana pasada, la 3ª clase del Tribunal se pronunció sobre la ilegalidad de la tarifa de conveniencia para boletos comprados por Internet en un juicio que involucra Ingresso Rápido, presentado por una Asociación de Protección al Consumidor de Rio Grande do Sul. El colegiado también determinó el reembolso de los clientes de la empresa desde 2008, cinco años antes de que se interpusiera la demanda en el Poder Judicial.

Todos los consumidores que puedan acreditar el pago de la cuota, independientemente de que formen parte de la asociación, podrán acogerse al reembolso, una vez finalizada la acción.

Fuente: Gabriela Coelho vía Conjur.

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