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Fecha: 17 de agosto de 2021
Publicado por: Equipo de CPDMA

Una nueva obligación tributaria para el Productor Rural

A partir de mayo de 2021, los Productores Rurales deberán entregar la obligación accesoria denominada EFD-REINF, so pena de multas a partir de R$ 20.00 y llegando a 2% del total de impuestos adeudados en el mes de devengo.

Pero, al fin y al cabo, ¿qué significa EFD-REINF? El Contador Fiscal Digital de Retenciones y Otras Informaciones Fiscales (EFD-Reinf) es uno de los módulos del Sistema de Contabilidad Pública Digital – SPED. Tiene por objeto registrar las rentas pagadas y retenciones del Impuesto sobre la Renta, Contribución Social del contribuyente -excepto las relacionadas con el trabajo- e información sobre los ingresos brutos para el cálculo de las cotizaciones a la seguridad social.

¿Y cómo afecta esta nueva obligación al Productor Rural individual? A partir de mayo, toda la información relacionada con el Aporte a la Seguridad Social Rural (Funrural), que actualmente se encuentra registrada en eSocial, comenzó a aparecer en el EFD-Reinf (Contador Fiscal Digital de Retenciones y Otra Información Tributaria).

De esta forma, diversas informaciones relacionadas con la actividad rural deberán ser informadas por el Productor Rural a través de la entrega del EFD-REINF. Entre los principales, destacan los siguientes:

  • Comercialización de la producción y cálculo de la contribución a la seguridad social sustituida por agronegocios y otros productores rurales con personalidad jurídica;
  • Servicios tomados/prestados por encargo de mano de obra o contrato de trabajo, referidos a la retención de aportes a la seguridad social;
  • Retención de impuestos (IR, CSLL, COFINS, PIS/PASEP) que gravan los pagos varios realizados a personas naturales y jurídicas;
  • Compra de producción a un productor rural individual o a un asegurado especial para la venta al por menor a un consumidor final individual, a otro productor rural individual o a un asegurado especial, aunque la producción rural adquirida esté exenta.

La falta de entrega de la información requerida por EFD-REINF genera la imposición de multas, las cuales se calcularán de la siguiente manera: 2% por mes calendario o fracción, gravando el monto de los impuestos informados en EFD-Reinf, aun cuando estén pagados en su totalidad, en el caso falta de entrega de la declaración o entrega fuera de plazo, limitada a 20%; y R$ 20.00 por cada grupo de 10 información incorrecta u omitida. Frente a esto, los productores rurales individuales deben estar atentos al cumplimiento de la legislación tributaria, entregando las declaraciones requeridas por la Receita Federal de Brasil para no llamar la atención de la fiscalización, así como para no ser sancionados con multas. En este sentido, es de suma importancia contar con profesionales capacitados y actualizados que sean capaces de hacer frente a los nuevos desafíos que implica la contabilidad digital y sus consecuencias, para evitar el incumplimiento de la legislación y la consecuente sanción.

Fuente: Wagner Arnold Fensterseifer.

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