Logotipo de César Peres Dulac Müller

BLOG CPDMA

Categoría:
Fecha: 25 de octubre de 2022
Publicado por: Equipo de CPDMA

Los depósitos de apelación deben ponerse a disposición del Tribunal de Reorganización Judicial

Foto do advogado Rafael Franzoi que ilustra o artigo sobre depósitos recursais.

Hasta el comienzo de la Ley 13.467/2017 - conocida como la Reforma Laboral- para que una empresa en concurso de acreedores recurra una sentencia o resolución ante el juzgado de lo social, se le exigía el pago del depósito de la apelación y de las costas procesales.

La nueva legislación, sin embargo, establece ahora que las empresas en reorganización judicial están exentas del pago de la fianza de apelación, por lo que, a partir de ese momento (es decir, desde la concesión del concurso judicial), las discusiones sobre la prescindibilidad de dichos depósitos deben considerarse superadas.

Sin embargo, una cuestión distinta es el destino de los importes de los depósitos de recursos realizados antes de la concesión del saneamiento judicial.

El proceso de rehabilitación judicial es un procedimiento que busca reestructurar una empresa en crisis organizando sus deudas de manera que se evite su colapso.

Durante el transcurso de un pleito laboral, es habitual ver a las empresas que se someten a un giro judicial y solicitan que se liberen las cantidades de las que dispone el juzgado de lo social para utilizarlas en el plan de giro.

Esto se debe a que, una vez otorgada la reorganización judicial, la Justicia del Trabajo ya no es competente para realizar ningún acto que involucre a los activos de la empresa reorganizada, incluyendo los montos relacionados con los depósitos de recursos realizados para garantizar el tribunal laboral antes de la concesión de la petición de reorganización judicial.

Esta es la jurisprudencia consolidada del Tribunal Superior de Justicia (STJ), y la séptima sala del Tribunal Superior del Trabajo (TST), reafirmó el mismo entendimiento, en una sentencia dictada el 06/10/2022:

"RECURSO DE REVISIÓN DEL DEMANDADO". LEY Nº 13.467/2017. EJECUCIÓN. LIBERACIÓN DE LOS DEPÓSITOS DEL RECURSO DEL CRÉDITO LABORAL. EMPRESA EN REORGANIZACIÓN JUDICIAL. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL UNIVERSAL. TRASCENDENCIA POLÍTICA VERIFICADA. La competencia de la Justicia Laboral, en lo que respecta a las deudas laborales de las empresas en quiebra o reorganización judicial, se limita a la definición y cuantificación de los derechos de los trabajadores. Todos los importes recaudados, incluidos los relativos a los depósitos de los recursos, se pondrán a disposición del Tribunal Universal. Precedentes. Recurso conocido y concedido (RR-11966-59.2014.5.03.0163, 7ª Sala, Magistrado Ponente Cláudio Mascarenhas Brandão, DEJT 10/06/2022).

La segunda Sala del Tribunal Superior de Trabajo también se ha pronunciado al respecto, de la siguiente manera

"EMPRESA EN REORGANIZACIÓN JUDICIAL. IMPOSIBILIDAD DE LIBERAR LOS DEPÓSITOS DE APELACIÓN AL DEMANDANTE, INCLUSO SI SE HACE ANTES DE LA CONCESIÓN DEL SANEAMIENTO. CANTIDADES QUE DEBEN PONERSE A DISPOSICIÓN DEL TRIBUNAL UNIVERSAL. Los bienes de propiedad de la empresa en reorganización judicial que puedan ser embargados por el tribunal laboral deben ser puestos a disposición del Tribunal Universal, lo que incluye el recurso y los depósitos judiciales realizados por ella en estos procedimientos, incluso si se realizan antes de la concesión de la reorganización judicial. Recurso conocido y concedido. (RR-21934-97.2014.5.04.0030, 2ª Sala, Magistrada Ponente Maria Helena Mallmann, DEJT 25/03/2022).

Es decir, la competencia de los tribunales laborales se extingue con la cuantificación del crédito del demandante, que debe ser habilitado en el proceso de saneamiento judicial.

Es importante destacar que existe una corriente que defiende que, una vez que las cantidades ya no están a disposición de la empresa, ésta no podría exigir su utilización en el plan de saneamiento, por lo que esta solicitud debería ser denegada.

Sin embargo, la imposibilidad de expropiar los bienes de la empresa en concurso por parte del tribunal laboral no se limita a los bienes encontrados después del proceso de concurso. De hecho, todos los activos que todavía son propiedad de la empresa pueden utilizarse en el plan de rehabilitación, y las cantidades de los depósitos -que no son más que garantías judiciales- siguen perteneciendo a la empresa.

Así, corresponde al tribunal laboral observar el destino fijado por el tribunal de saneamiento, incluyendo la remisión de los importes a la justicia ordinaria, según sea el caso.

Este entendimiento jurisprudencial es absolutamente loable, siendo aplicable a los procedimientos que se encuentran tanto en la fase de apelación como en la de liquidación, de modo que los importes relativos a los depósitos de apelación son puestos a disposición del tribunal de concurso, único competente para definir el destino de los activos de la empresa en concurso.

Por: Rafael Franzoi

Equipo CPDMA - Trabajo

Volver

Mensajes recientes

Invertir en startups en Brasil: el Acuerdo de Préstamo Convertible. 

En la era de la tecnología, el ecosistema de las start-ups ha atraído a muchas personas en las últimas décadas. Esto se debe principalmente al rápido auge de la economía digital, que ha dado lugar a numerosas historias de éxito de empresas que hoy representan a gigantes del mercado, independientemente del sector en el que operen. En este contexto de iniciativas empresariales escalables, las startups han demostrado ser un enorme atractivo [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - DERECHOS DE AUTOR

Cerrando nuestra serie de posts sobre las Clases de Activos de Propiedad Intelectual, hoy trataremos el registro de los DERECHOS DE AUTOR. Un autor es la persona física que crea una obra literaria, artística o científica. Los derechos de autor protegen dichas obras y pueden ser patrimoniales (derecho a la explotación comercial de la obra) o morales (reivindicación de la autoría, conservación [...]

Leer más
Transacción SOS-RS: otra posibilidad de regularización tras las inundaciones

El 26/06/2024 se publicó un nuevo tipo de transacción que abarca a las empresas con domicilio fiscal en Rio Grande do Sul. Se trata de una medida más del Gobierno Federal para hacer frente a los daños causados por las inundaciones en Rio Grande do Sul. La nueva operación, denominada "Operación SOS-RS", fue instituida por la Ordenanza PGFN/MF nº [...].

Leer más
Descubra la clase de activos - REGISTRO DE DOMINIOS

En nuestra serie de posts explicando las diferencias entre las clases de activos intelectuales, hoy vamos a ver el REGISTRO DE DOMINIOS. La protección de la dirección electrónica de un sitio web (dominio) se realiza en Registro.BR. En este caso, la búsqueda de disponibilidad del dominio es esencial para el registro. Si un tercero intenta registrar un [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - REGISTRO DE SOFTWARE

El tema de nuestra serie de entradas que explican las diferencias entre las clases de activos intelectuales de hoy será: REGISTRO DE SOFTWARE. El registro de software protege el programa informático en sí, es decir, el código fuente. El registro es esencial para demostrar la autoría del desarrollo. Se realiza en el INPI [...]

Leer más
Descubra la clase de activos - DISEÑO INDUSTRIAL

En nuestra serie de entradas en las que explicamos las diferencias entre clases de activos intelectuales, hoy vamos a ocuparnos del DISEÑO INDUSTRIAL. El Diseño Industrial es la forma plástica ornamental de un objeto -por ejemplo, el diseño de un producto o el conjunto de líneas aplicadas a un producto, como un grabado- que le confiere [...]

Leer más
cruzarmenúchevron-abajo
es_ESEspañol
Linkedin Facebook interés Youtube jajaja gorjeo Instagram Facebook en blanco rss-en blanco Linkedin en blanco interés Youtube gorjeo Instagram