Extinción de la sociedad de responsabilidad limitada y de la responsabilidad de los socios
El proceso de disolución de una sociedad de responsabilidad limitada pasa por tres etapas, la primera de las cuales es la Disolución, seguida de la Liquidación y finalmente la Extinción.
la fase de Disolución, que puede ser parcial o total (a los efectos de la extinción se produce la disolución total), puede decirse que es el momento en que los socios expresan su voluntad, o se verifica la obligación de cerrar definitivamente una sociedad. reguladas por Ley N° 10.406 del Código Civil y Ley N° 6.404 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicada supletoriamente, cuando así lo disponga el Pacto Social de la Sociedad Limitada), más específicamente en sus arts. 51 (CC) y 207 (Ley de Sociedades Anónimas), respectivamente, se desprende que al momento de la disolución, la sociedad aún no ha perdido su personalidad jurídica, subsistiendo hasta el final del proceso de liquidación, sin embargo, sin realizar actividad alguna durante este período., únicamente tomando las acciones necesarias para cerrar el negocio pendiente.
Una vez expresada la voluntad de los socios o la obligación de extinguir las actividades de la sociedad, se iniciará el proceso de liquidación de la sociedad.
Durante la fase de líquidoaquíO, el primer paso a seguir es el nombramiento de un liquidador elegido por los administradores de la sociedad, en los términos previstos en el art. 1.036 CC/02, pudiendo ser socio o persona ajena a la sociedad, siempre que su nombre esté inscrito en el registro competente (art. 1.102 CC/02). El síndico es entonces responsable de cobrar y vender el activo (son los bienes que la empresa posee: muebles, inmuebles, maquinaria, existencias de bienes, productos, etc.) y el pago de las obligaciones (son, en general, los gastos, cuentas por pagar, etc.). Finalmente, el saldo restante, si lo hubiere, se distribuye a los socios.
Asimismo, durante esta fase, por más que se interrumpan las actividades “normales” de la sociedad, es responsabilidad del síndico responder y cumplir con todas las obligaciones tributarias previstas en la ley. Además, los deberes y responsabilidades de los socios, administradores y consejeros fiscales subsistirán hasta que se concluya la disolución de la sociedad (art. 1.104, Ley nº 10.406/22, Código Civil; aplicación supletoria Ley nº 6.404/76 - Lei de S/A, artículo 207). En caso de que se realicen actividades durante este período, los socios responderán solidaria e ilimitadamente, conforme al art. 1036 de la CC/02.
Es importante recordar que cuando los socios deciden, de común acuerdo, disolver la sociedad, se firma un instrumento conocido como Desistimiento. Allí se indicará el socio o tercero responsable de la liquidación, además de estipularse las cláusulas relativas a la forma de liquidación. De acuerdo con la fracción IV, capítulo 2, numeral 2.2 de la Instrucción Normativa DREI N° 81 de 10 de junio de 2020, es obligatorio incluir una cláusula en la Terminación con referencia a la(s) persona(s) que serán responsables de los bienes y pasivos restantes.
Al final de la fase de Liquidación, la sociedad se extinguirá.
El extinguidoaquíO de la persona jurídica, no es más que el fin de su existencia. Es cuando ya no existe la personalidad jurídica de la empresa. Con la despersonalización se dan de baja los respectivos registros, inscripciones e inscripciones en el organismo competente.
Una vez extinguida la sociedad, pierde su personería jurídica, imposibilitando reclamar cualquier derecho, representando lo mismo que la muerte para una persona natural. Por lo tanto, el arte. 110 del CPC se utiliza en los casos en que la sociedad aún tiene bienes en circulación, transfiriendo las responsabilidades de los actos ejecutivos a sus socios, quienes serían los “sucesores” de la persona natural.
Cabe mencionar que aún después de la disolución de la sociedad, los ex socios siguen siendo responsables del pago de las deudas de la sociedad extinguida, siendo esta responsabilidad en proporción a la cantidad que cada uno percibió después de la fase de Liquidación, según lo dispuesto en Arte. 1.110 del Código Civil.
Además, una vez comprobada la pérdida de cualquier acreedor, después de la disolución de la sociedad, éste podrá reclamar daños y perjuicios contra el Liquidador (parte final del artículo 1110, CC.).
A governança corporativa em empresas familiares tem ganhado cada vez mais relevância no cenário empresarial brasileiro, no qual cerca de 90% das empresas possuem controle familiar. A ausência de um planejamento adequado para a sucessão do negócio e a dificuldade de manter a harmonia nas relações familiares, em muitos casos, culminam no fracasso da empresa […]
El 30/09/2024, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aprobó por unanimidad la Resolución N.º 586 a través del Acto Normativo 0005870-16.2024.2.00.0000, que regula el acuerdo entre el empleado y el empleador en la rescisión del contrato de trabajo, mediante homologación en la Justicia Laboral, con la liquidación total del contrato. Es decir, […]
A principios de octubre, la 3ª Sala del STJ, por mayoría de votos, dictó una decisión en cuatro recursos especiales (REsp 2.026.250, REsp 2.036.410, REsp 2.038.048 y REsp 2.155.284), estableciendo la ilegitimidad activa de las fundaciones sin fines de lucro para solicitar la Recuperación Judicial. Esta decisión inédita parece, a primera vista, […]
El Gobierno del Estado de Rio Grande do Sul ha instituido el Programa de Recuperación II mediante el Decreto Nº 57.884 de 22 de octubre de 2024, con el objetivo de permitir el parcelamiento de deudas tributarias y no tributarias para empresarios o sociedades en proceso de recuperación judicial, incluyendo contribuyentes cuya quiebra […]
Con información del periódico Valor Económico. Enlace del artículo original: http://glo.bo/3NOicuU Desde 2020, la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN) ha avanzado en negociaciones para regularizar deudas de empresas en recuperación judicial, resultando en la renegociación de cerca de R$ 60 mil millones. El número de empresas regularizadas se ha triplicado, alcanzando el 30% de los casos, gracias a un enfoque más colaborativo de la […]
Por 7 votos a 1, a 1ª Seção do Superior Tribunal de Justiça (STJ), no recente julgamento do Tema 1226, decidiu que os planos de opção de compra de ações ofertados pelas empresas aos empregados - stock options - não possuem natureza remuneratória. No julgamento, afetado ao rito dos recursos repetitivos (REsp 2.069.644 e REsp 2.074.564) prevaleceu […]
Este sitio utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio. Las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para que funcione la funcionalidad básica del sitio web. También utilizamos cookies de terceros, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Las cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de rechazar las cookies. Sin embargo, deshabilitar algunas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funciones, como compartir contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras funciones de terceros.
Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices clave de rendimiento del sitio, lo que ayuda a brindar una mejor experiencia de usuario a los visitantes.
Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre las métricas del número de visitantes, tasa de rebote, fuente de tráfico, etc.
Las cookies publicitarias se utilizan para proporcionar a los visitantes anuncios y campañas de marketing relevantes. Estas cookies rastrean a los visitantes de los sitios web y recopilan información para ofrecer anuncios personalizados.
Las cookies necesarias son aquellas que son absolutamente imprescindibles para el correcto funcionamiento del sitio web. Estas cookies garantizan funciones básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.