Logotipo de César Peres Dulac Müller

BLOG CPDMA

Categoría:
Fecha: 10 de mayo de 2022
Publicado por: Equipo de CPDMA

Philco demandado por supuesta imitación de la imagen comercial de un mezclador

Batidora roja de líneas sofisticadas, con batidor elevado, mostrando una masa de textura homogénea.

La multinacional Whirlpool, dueña de la marca KitchenAid y varias otras marcas famosas en el segmento de electrodomésticos como Brastemp y Consul, demandó a Philco por competencia desleal y presuntas violaciones ilícitas de propiedad industrial de la línea de batidoras "Artisan" de KitchenAid. La demanda está pendiente en el 2º Tribunal Comercial y Tribunal de Conflictos Arbitrales de São Paulo, donde Whirlpool alega que el competidor brasileño imita 7 características básicas del diseño (trade dress) de la batidora de la marca.

En la petición inicial, Whirlpool trajo como argumento una encuesta de opinión, realizada por IPEC, en la que se pudo ver que el 47% de los entrevistados entiende que las mezcladoras son muy parecidas y que se las puede confundir. La misma encuesta mostró que 76% de los consumidores relacionan el modelo de batidora en cuestión directamente con la marca KitchenAid cuando se sienten estimulados por la imagen. Solicitó, en medida cautelar, el cobro de los productos y material publicitario existente en el mercado. El magistrado, en primer grado, resolvió rechazar la solicitud por entender que no podía retirar de circulación los productos de la empresa brasileña sin una pericia previa con un especialista de confianza del tribunal.

El imagen comercial no es más que la identidad visual del producto o servicio presentado al público, el “vestido” que hace que el consumidor identifique inmediatamente su origen y lo diferencie de otros competidores. Aunque no está regulado por Ley de Propiedad Industrial (Ley N° 9.279/1996), la imagen fija de productos y servicios (imagen comercial) es objeto de protección legal cuando el uso de un conjunto similar da lugar a un acto de competencia desleal, es decir, cuando existe confusión y/o asociación por parte de los consumidores con productos y servicios de la competencia.

Philco se defiende afirmando que la única similitud entre los mezcladores es solo el color rojo, lo que no caracterizaría una imitación del imagen comercial, porque para que se considere imitación indebida, es necesario asociar varios elementos de diseño entre sí. También menciona que la protección por imagen comercial se aplica a todo lo que no esté protegido por marca, diseño industrial y patente.

De conformidad con el art. 95 de la Ley de Propiedad Industrial, se considera diseño industrial la forma plástica ornamental de un objeto o el conjunto ornamental de líneas y colores que se puede aplicar a un producto, proporcionando un resultado visual nuevo y original en su configuración externa y que puede servir como un tipo de fabricación industrial. El diseño industrial aporta una nueva apariencia al producto, una nueva forma que no aumenta la utilidad de ese producto en sí.

Si el consumidor, una persona corriente, compra un producto pensando que está comprando otro, hay una evidente falsificación del diseño industrial, que es lo que alega la empresa Whirlpool. Sin embargo, desde el momento de la creación de la mezcladora, Whirlpool no registró el diseño industrial en Brasil en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial - INPI, por lo que su tesis debe ser guiada solo por el instituto de imagen. De hecho, quien posee el registro sobre la forma plástica de los mezcladores en cuestión en forma de Diseño Industrial es la propia Philco, que recibió la concesión en 2018, incluso antes de comenzar a comercializar la línea en 2019.

Para poder proteger la diseño de un producto, es necesario, siempre que sea nuevo y original, que sea depositado en el INPI tan pronto como sea creado. Ni siquiera las empresas más grandes, como Whirlpool, estarán protegidas por la Ley de Propiedad Industrial si se niegan a registrar su molino en Brasil.

Referencias:

Valor económico

Yahoo Finanzas

El Globo | Economía

Equipo de CPDMA - Propiedad Intelectual

Volver

Mensajes recientes

El STJ decide que las stock options (opción de compra de cuotas o acciones) no pueden ser embargadas.

El 5 de noviembre, la 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia decidió, a través del juicio del REsp 1841466[1], bajo la relatoría del Ministro Ricardo Villas Bôas Cueva, sobre la imposibilidad de embargo de stock options. El caso se centró en la posibilidad de que un tercero ejerciera el derecho de compra de acciones en […]

Leer más

Gobernanza en empresas familiares: estructuras e instrumentos esenciales

A governança corporativa em empresas familiares tem ganhado cada vez mais relevância no cenário empresarial brasileiro, no qual cerca de 90% das empresas possuem controle familiar. A ausência de um planejamento adequado para a sucessão do negócio e a dificuldade de manter a harmonia nas relações familiares, em muitos casos, culminam no fracasso da empresa […]

Leer más
La Resolución N.º 586/2024 del CNJ y el Futuro de los Acuerdos en la Justicia Laboral

El 30/09/2024, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) aprobó por unanimidad la Resolución N.º 586 a través del Acto Normativo 0005870-16.2024.2.00.0000, que regula el acuerdo entre el empleado y el empleador en la rescisión del contrato de trabajo, mediante homologación en la Justicia Laboral, con la liquidación total del contrato. Es decir, […]

Leer más
La Legitimidad de las Asociaciones y Fundaciones para Solicitar la Recuperación Judicial y la Nueva Posición del STJ.

A principios de octubre, la 3ª Sala del STJ, por mayoría de votos, dictó una decisión en cuatro recursos especiales (REsp 2.026.250, REsp 2.036.410, REsp 2.038.048 y REsp 2.155.284), estableciendo la ilegitimidad activa de las fundaciones sin fines de lucro para solicitar la Recuperación Judicial. Esta decisión inédita parece, a primera vista, […]

Leer más
Gobierno de RS Establece Programa de Recuperación II: Plan de Parcelamiento para Empresas en Recuperación Judicial

El Gobierno del Estado de Rio Grande do Sul ha instituido el Programa de Recuperación II mediante el Decreto Nº 57.884 de 22 de octubre de 2024, con el objetivo de permitir el parcelamiento de deudas tributarias y no tributarias para empresarios o sociedades en proceso de recuperación judicial, incluyendo contribuyentes cuya quiebra […]

Leer más
Renegociación de R$ 60 Mil Millones en Deudas de Empresas en Recuperación Judicial Regularizada por la PGFN

Con información del periódico Valor Económico. Enlace del artículo original: http://glo.bo/3NOicuU Desde 2020, la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN) ha avanzado en negociaciones para regularizar deudas de empresas en recuperación judicial, resultando en la renegociación de cerca de R$ 60 mil millones. El número de empresas regularizadas se ha triplicado, alcanzando el 30% de los casos, gracias a un enfoque más colaborativo de la […]

Leer más
cruzarmenúchevron-abajo
es_ESEspañol
Linkedin Facebook interés Youtube jajaja gorjeo Instagram Facebook en blanco rss-en blanco Linkedin en blanco interés Youtube gorjeo Instagram