La Justicia de São Paulo tarda unos 57 días en conceder una solicitud de recuperación judicial. Las empresas, por su parte, necesitan un plazo medio de 517 días para aprobar un plan de recuperación en la asamblea y tres años para salir del Poder Judicial (período de seguimiento).
Las cifras muestran que, en promedio, un proceso de recuperación es lento y más lento si se consideran los plazos establecidos por la Ley N° 11.101, de 2005, que trata de las recuperaciones y quiebras del país. Aun así, el mecanismo es considerado eficiente por los expertos.
Los datos forman parte de la "2ª Fase del Observatorio de Insolvencia", estudio desarrollado por el Núcleo de Estudios de Procedimientos Concursales (Nepi) de la PUC-SP y la Asociación Brasileña de Jurimetría (ABJ). La encuesta analizó 906 casos distribuidos entre enero de 2010 y julio de 2017, en los dos juzgados especializados de la capital e interior del estado.
Para el profesor de la PUC-SP y coordinador de la investigación, juez Marcelo Sacramone, en relación a los plazos vistos en la encuesta, la concesión de una demanda de recuperación judicial es todavía muy larga. "El promedio de 57 días consume mucho tiempo. Durante ese período, la empresa puede perder activos", dice.
Otro dato del estudio muestra que las empresas tardan más de 180 días en obtener la aprobación de un plan de recuperación. Este es el período de protección, otorgado por la ley, durante el cual las empresas no pueden ser acusadas y ejecutadas. Después de este período, la protección en teoría dejaría de existir. Hoy, sin embargo, la jurisprudencia acepta extender el tiempo de "blindaje" hasta la aprobación del plan en una junta de acreedores.
“Los números muestran que el plazo de 180 días no es razonable para negociar un plan y suele tardar el doble”, dice el estudio. Según Ivo Waisberg, también docente de la PUC-SP y coordinador del estudio, lo ideal sería que la asamblea sea convocada poco tiempo después de la presentación del plan al juez (60 días después de la publicación de la decisión con aprobación) como una forma de reducir estos plazos.
Según el estudio, el tiempo medio hasta la deliberación final del plan es de 517 días. En los tribunales comunes, el plazo corresponde a 567 días. En las sucursales especializadas de la capital, el tiempo es de 407 días.
En cuanto a los planos, de los llevados a deliberación, se aprobaron el 72%. Ya 17% de las empresas se declararon en quiebra antes de que tuviera lugar la primera junta de acreedores.
El presidente de la ABJ y también coordinador del estudio, Marcelo Guedes Nunes, dice que de la encuesta se desprende que los planes de recuperación aprobados, en general, son agresivos. Según él, hay descuentos de hasta 80%, plazos de pago de 20 años, sin intereses y corrección por la Tasa de Referencia (TR).
“Los acreedores solo aceptan estas condiciones porque la quiebra es una alternativa horrible, que no paga a nadie. Las investigaciones muestran que para solucionar los problemas de recuperación judicial tenemos que mejorar la quiebra”, dice Nunes.
Entre las condiciones de pago evaluadas, las más breves son las condiciones laborales. Presentes en el 84.5% de los planes, tardaron en promedio un año en liquidarse.
Nunes agrega que a partir de la encuesta se pudo verificar que la ley tiene un sesgo en contra de los pequeños empresarios. Según el coordinador, representan más de 90% de empresas activas en el país, pero aparecen solo en 30% de solicitudes de recuperación. “Es extraño porque son más vulnerables a las crisis, pero no ven la ley como una solución a sus dificultades”.
Además de estos puntos, el estudio también aborda cuestiones como la remuneración de los administradores y el uso de la experiencia previa en el proceso. El estadístico Fernando Corrêa también es uno de los coordinadores del observatorio.
Fuente: Zínia Baeta vía Valor Econômico.