Logotipo de César Peres Dulac Müller

BLOG CPDMA

Categoría:
Fecha: 22 de septiembre de 2022
Publicado por: Equipo de CPDMA

Se sanciona la ley que modifica el quórum de las resoluciones adoptadas por las sociedades de responsabilidad limitada

Imagem ilustrativa de uma reunião indicando um quóruns de deliberação de sociedades limitadas.

El 21 de septiembre, el Presidente de la República sancionó la Ley Nº 14451/2022,que modificó los artículos 1061 y 1076 del Código Civil (Ley Nº 10406 del 10 de enero de 2002), introduciendo importantes cambios en lo que respecta a los quórum de las resoluciones de los socios en las sociedades de responsabilidad limitada.

Las modificaciones introducidas se refieren a los acuerdos de los socios sobre el nombramiento de administradores que no sean socios, las modificaciones de los estatutos y en los casos de fusión, consolidación o disolución de la sociedad, o el cese del estado de liquidación.

Hasta entonces, el artículo 1061 del Código Civil establecía que, en los casos en que el capital social no hubiera sido desembolsado, el nombramiento de administradores que no fueran socios dependería de la aprobación de la unanimidad de los socios, y, tras el pago del capital, dependería de la aprobación de al menos dos tercios de los socios. Lo que cambia con la modificación es que, a partir de ahora, en una sociedad con impago del capital social, el nombramiento de administradores que no sean socios dependerá de la aprobación de al menos dos tercios (2/3) de los socios y, tras el pago del capital social, la aprobación dependerá de que los socios representen más de la mitad del capital social.

En cuanto al artículo 1076, se derogó el apartado I y se modificó el apartado II. Por lo tanto, si antes las cláusulas V y VI del artículo 1071 (modificación de los estatutos y fusión, consolidación y disolución o finalización de la liquidación) requerían los votos de al menos tres cuartas partes (3/4) del capital social para aprobar los acuerdos, ahora están cubiertas por el quórum de la cláusula II, que requiere los votos de más de la mitad del capital social.

A continuación se presenta el cuadro comparativo de las enmiendas:

ANTIGUAS PALABRAS:

Artículo 1.061.  El nombramiento de los administradores no socios dependerá de la aprobación de la unanimidad de los socios,hasta que el capital haya sido desembolsado, y de al menos 2/3 (dos tercios),después de que haya sido desembolsado.

Artículo 1.076.  Salvo lo dispuesto en el artículo 1061, los acuerdos de los socios se adoptarán:
I - por los votos correspondientes a las a las tres cuartas partes, como mínimo, del capital social,en los casos previstos en los apartados V y VI del artículo 1.071*;
II - pelos votos res cuartas partes, como mínimo, del capital social,, en los casos previstos en los apartados V y VI del artículo 1.071*;*.

NUEVA PALABRA:

Artículo 1.061. El nombramiento de los administradores no socios dependerá de la aprobación de al menos 2/3 (dos tercios) de los sociosmientras no se haya desembolsado el capital, y la aprobación de los titulares de las cuotas correspondientes más de la mitad del capital socialtras el pago completo.

Artículo 1.076.  Con excepción de las disposiciones de la sección 1.061, las decisiones de los socios se tomarán:
I - (derogado);
II - por los votos correspondientes a más de la mitad del capital social, en los casos previstos en los puntos II, III, IV, V, VI y VIII de caput del artículo 1071 de este Código.

*Artículo 1.071. Los siguientes asuntos, además de otros establecidos en la ley o en los estatutos, dependen de una resolución de los socios: I - la aprobación de las cuentas de la administración; II - el nombramiento de los directivos, cuando se hace mediante un acto separado; III - la destitución de los directivos; IV - el método de su remuneración, si no está establecido en los estatutos; V - modificación de los estatutos; VI - la constitución, fusión y disolución de la sociedad, o el cese del estado de liquidación; VII - el nombramiento y cese de los liquidadores y el juicio de sus cuentas; VIII - la petición de concordato.

Finalmente, dichas modificaciones entrarán en vigor 30 (treinta) días después de la publicación oficial (22/09/2022).

Por Liège Fernandes Vargas
Equipo CPDMA | Derecho de sociedades

Volver

Mensajes recientes

STJ y la Validez del Descuento para Acreedores Laborales: Nuestra Actuación en el Caso Concreserv

El Tribunal Superior de Justicia (STJ) ha iniciado el juicio de un tema crucial para el derecho empresarial y la recuperación judicial en Brasil: la posibilidad de aplicar un descuento sobre los créditos laborales y la creación de subclases dentro de esta categoría. El caso en análisis involucra la recuperación judicial de la empresa Concreserv, que estableció un descuento del 90% sobre los montos que exceden 25 […]

Leer más
Informe de Transparencia Salarial – Plazo de Envío hasta el 28 de Febrero de 2025

Las empresas con 100 o más empleados ya pueden enviar la información para el Informe de Transparencia Salarial, desde el 3 de febrero hasta el 28 de febrero de 2025, a través del portal Emprega Brasil, en la sección para empleadores. En el portal, las empresas deben informar si tienen un plan de cargos y salarios o un plan de carrera, políticas para incentivar la contratación de mujeres (como mujeres negras, con discapacidades, víctimas de violencia, jefas de hogar y LGBTQIA+), acciones para promover a las mujeres a cargos de dirección y gerencia, programas de apoyo al reparto de responsabilidades familiares, así como los criterios salariales para la progresión en la carrera.

Leer más
Los Registros Comerciales Ahora Exigen Publicaciones de Actos Societarios: Entienda los Cambios

En los últimos meses, varios Registros Comerciales de Brasil han comenzado a exigir la publicación de actos relacionados con fusiones, escisiones e incorporaciones de sociedades, según lo establecido en el Código Civil (artículos 1.122 y 1.152, §1) y en la Ley de Sociedades Anónimas (artículos 227, §3, 228, §3 y 229, §4). Aunque estas obligaciones ya estaban estipuladas por la legislación, muchas […]

Leer más
RS autorizado a implementar liquidación y pago a plazos del ICMS con reducción de intereses y multas

El Consejo Nacional de Política Fiscal - CONFAZ, con el objetivo de facilitar la regularización de las deudas fiscales de los contribuyentes, ha autorizado la implementación de un programa de liquidación y pago a plazos de deudas de ICMS en el Estado de Río Grande del Sur, ya sea que estén inscritas o no en la deuda activa, constituidas o en litigio. El programa prevé […]

Leer más
Atenção às tentativas de golpes utilizando o nome Cesar Peres Dullac Müller Advogados

Reiteramos nosso compromisso contínuo em oferecer serviços jurídicos com excelência e segurança. Diante disso, alertamos sobre uma situação delicada que tem ocorrido no setor jurídico: recentemente, tomamos conhecimento de tentativas de golpes direcionadas a clientes de escritórios de advocacia. Gostaríamos de tranquilizá-los, assegurando que todas as suas informações processuais e pessoais permanecem integralmente protegidas. Esses […]

Leer más
El STJ decide que las stock options (opción de compra de cuotas o acciones) no pueden ser embargadas.

El 5 de noviembre, la 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia decidió, a través del juicio del REsp 1841466[1], bajo la relatoría del Ministro Ricardo Villas Bôas Cueva, sobre la imposibilidad de embargo de stock options. El caso se centró en la posibilidad de que un tercero ejerciera el derecho de compra de acciones en […]

Leer más
cruzarmenúchevron-abajo
es_ESEspañol
Linkedin Facebook interés Youtube jajaja gorjeo Instagram Facebook en blanco rss-en blanco Linkedin en blanco interés Youtube gorjeo Instagram